Anvisa Migra Petición de cosméticos exentos con el registro del sistema de solicitudes/Datovisa
La nueva plataforma digital promete más agilidad, seguridad y estandarización en los procesos regulatorios del sector HPPC
A partir del 7 de abril de 2025, las empresas que operan en el sector de higiene personal, perfumes y cosméticos deben usar el sistema de solicitud/fecha visual exclusivamente para la petición de productos de registro. El cambio marca el reemplazo definitivo del sistema de automatización de registro de cosméticos (SGA), terminando la posibilidad de nuevas solicitudes y cambios por parte del sistema anterior.
Con una mayor estabilidad, seguridad e integración con otros sistemas ANVISA, la solicitud/DataVisa representa un avance en el proceso regulatorio. La digitalización de los procesos promete más agilidad, estandarización y accesibilidad electrónica, favoreciendo tanto el desempeño de las empresas como el desempeño de la propia Agencia Nacional de Vigilancia de Salud (ANVISA).
La transición está respaldada por las resoluciones de la junta universitaria (RDCS) 949/2024 y 951/2024. El primer cambio el RDC 907/2024, mientras que el segundo internaliza la resolución de Mercosur GMC 18/2023.
Nuevos códigos de petición
Para regularizar los cosméticos exentos de registro en la solicitud/DataVISA, las empresas deben observar los siguientes códigos de sujetos:
• 2726 – Notificación del producto cosmético libre de registro
• 2727 – Migración de productos cosméticos sin registro
• 2728 – Cancelación de la notificación del producto Libre de registro
• 2729 – Manifestación del interés de la comercialización continua
• 2730 – Cambio de notificación del producto cosmético libre de registro
• 2875 – Certificado de marketing gratuito de producto
• 2876 – Certificado de marketing gratuito para la exportación
• 2877 – Solicitud de inclusión (formulario físico, empaque, fórmula y componente de función)
Estos códigos reflejan los nuevos procedimientos dentro del entorno digital de la solicitud y deben aplicarse correctamente para evitar inconsistencias de petición.
Soporte de transición
Para garantizar una adaptación adecuada al nuevo sistema, Anvisa ha proporcionado materiales de apoyo, incluido un documento de preguntas y respuestas preparado por GGCOS, que aclara las preguntas recurrentes sobre la petición. Una comparación de los grupos de productos entre los SGA y la solicitud, y la matriz de marco, que guía a las empresas en las nuevas clasificaciones requeridas.
Registro de empresas internacionales
En el caso de los productos importados, será obligatorio indicar el código único con respecto al sitio de fabricación, generado después del registro de la compañía internacional en el sistema ANVISA. Si el fabricante aún no tiene este código, la solicitud se puede hacer a través del contacto de la agencia con nosotros, informando al país, la ciudad, la dirección y el nombre de la empresa.
Trazabilidad entre sistemas
Finalmente, Anvisa informó que revelará la correspondencia entre los números de proceso SGA y los generados en la visa de solicitud/fecha 15 días después del inicio de la migración, facilitando la trazabilidad documental durante el período de transición.